Rendición de Cuentas a la Ciudadanía

El Sorteo Extraordinario de Colombia Ltda.EXTRADEC LTDA., es una Empresa Filial de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, de las entidades territoriales y de las entidades descentralizadas, que poseen la calidad de socios de la misma, organizada como Sociedad de Capital Público, bajo las características de Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, de acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio y del artículo 94 de la Ley 489 de 1998. Su naturaleza jurídica y objeto social se trazan en el desarrollo de actividades comerciales en competencia con el sector privado y público, en mercados monopolísticos, en consecuencia, dada esta naturaleza, se encuentra exceptuada frente a la implementación de sistemas de rendición de cuentas, conforme a lo estipulado en la Ley 1757 de 2015, así:

«ARTÍCULO 50. Obligatoriedad de la Rendición de cuentas a la ciudadanía. Las autoridades de la administración pública nacional y territorial tienen la obligación de rendir cuentas ante la ciudadanía para informar y explicar la gestión realizada, los resultados de sus planes de acción y el avance en la garantía de derechos.

La rendición de cuentas incluye acciones para informar oportunamente, en lenguaje comprensible a los ciudadanos y para establecer comunicación y diálogo participativo entre las entidades de la rama ejecutiva, la ciudadanía y sus organizaciones.

PARÁGRAFO. Las entidades y organismos de la Administración Pública tendrán que rendir cuentas en forma permanente a la ciudadanía, en los términos y condiciones previstos en el Artículo 78 de la Ley 1474 de 2011. Se exceptúan las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales.»